El Gobierno permitirá a quienes tienen planes y fondos de pensiones recuperar lo depositado a partir de los 10 años de aportaciones, así como una rebaja de las comisiones que se pagan a las entidades gestoras.

En el BOE del día 10 de febrero de 2018, se ha publicado el Real Decreto 62/2018, que modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, y el Reglamento de planes y fondos de pensiones, que revisa a la baja las comisiones máximas de gestión de fondos y, a su vez, eleva la liquidez de esta alternativa de ahorro al permitir a los partícipes retirar, a partir de 2025, sin limitación, las aportaciones con una antigüedad de, al menos, diez años. 

La norma incluye dos modificaciones importantes en la regulación de los planes y fondos de pensiones:

  • La primera es que permitirá recuperar todo o parte de lo ahorrado a partir de los 10 años de su contratación. Esta nueva regulación se empezará a aplicar a partir de 2025. En la práctica se podrán hacer líquidas las aportaciones con al menos 10 años de antigüedad, es decir las que se hicieron hasta 2015. Las realizadas a partir de 2016 deberán esperar hasta 2026 y así sucesivamente.
  • La segunda, es la rebaja de las comisiones, que pasarán de 1,5% a 1,25% de media, una reducción que llegará hasta el 0,85% si el fondo está vinculado a la evolución de la renta fija.

Este RD 62/2018 establece su entrada en vigor el 11 de febrero de 2018, el día siguiente al de su publicación en el BOE. No obstante, la aplicación de los nuevos límites de las comisiones de gestión y depósito no se hará efectiva hasta dos meses después, el 11 de abril de 2018.

Liquidez de los fondos y planes de pensiones

Como hemos comentado, se podrá disponer, sin limitaciones, de las aportaciones con una antigüedad de al menos diez años a partir del 1 de enero de 2025, lo que supondrá un estímulo para los ahorradores, en especial, para los más jóvenes. De esta forma, todas las aportaciones realizadas con anterioridad a 2015 se podrán hacer liquidas a partir de 2025 y las realizadas con posterioridad deberán dejar transcurrir los diez años correspondientes.

Comisiones de gestión

En el caso de las comisiones de gestión, se sustituye el importe máximo único por una tabla de comisiones máximas en función de las diferentes políticas de inversión de los fondos, lo que se ajusta más a las características propias de la gestión de las inversiones de los fondos de pensiones, promoviendo una reducción mayor en los fondos con criterios inversores más prudentes y orientados a la preservación del capital, como son los que tienen un componente total o mayoritario de renta fija. También se reduce la comisión máxima de depósito para todos los fondos de pensiones.

Las comisiones máximas de gestión, serán del 0,85% para los fondos de renta fija, del 1,30% para los fondos mixtos y del 1,50% para los de renta variable. De esta manera, la comisión media se reduce del 1,50% al 1,25%. Además, la comisión máxima de depósito baja del 0,25% al 0,20%.

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