Published On: octubre 13th, 2018Categories: Fiscal-Comptable0 CommentsTags: , ,

Tal y como les contamos en el blog recientemente, el Tribunal Supremo ha establecido que las prestaciones por maternidad están libres de IRPF, esto significa que miles de padres y madres están en condiciones de reclamar lo que pagaron en su día.

La devolución la pueden solicitar todas aquellas personas que hayan sido padres y cobraron prestación a partir de 2014. Los padres que hayan disfrutado el tiempo cedido por la madre también pueden pedirla. Por ello, los contribuyentes que incluyeron la prestación por maternidad en sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017, han de presentar un escrito de solicitud de rectificación de autoliquidación y devolución de ingresos indebidos del ejercicio en que se percibió la prestación.

La cantidad a devolver variará según el importe de la prestación, la Organización de Consumidores y Usuarios estima que puedan alcanzar entre los 1.000 y 2.600 euros.

La devolución se puede pedir antes de que la declaración afectada cumpla los cuatro años o a partir del día siguiente a la presentación de la declaración si se presentó fuera de plazo.

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